Las Rampas de la Muerte de Villa El Salvador

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América Televisión realizo un interesante reportaje sobra «Las Rampas de Villa El Salvador» Totalmente INACCESIBLES para las personas con discapacidad, que es una realidad a nivel nacional. Existe el Reglamento Nacional de Edificaciones A.120 sobre accesibilidad urbana para personas con discapacidad donde esta especificado todas las medidas técnicas que deben aplicar para que las obras publicas externas e internas sean accesibles y a esto le agregamos el Plan Nacional de Accesibilidad. La pregunta es ¿Que entidad fiscaliza estas inadecuadas edificaciones?
La ley 29973 Ley General de la Persona con Discapacidad dice en su Artículo 16. Accesibilidad del entorno urbano y las edificaciones
16.1 Las municipalidades promueven, supervisan y fiscalizan el cumplimiento de las normas de accesibilidad para la persona con discapacidad en el entorno urbano y las edificaciones de su jurisdicción. El funcionario o servidor público de la municipalidad correspondiente encargado de la evaluación de los expedientes técnicos que contengan solicitudes de licencia para las edificaciones públicas o privadas deberá verificar que dichas solicitudes contemplen lo establecido en las normas técnicas de accesibilidad para personas con discapacidad, bajo responsabilidad.
16.2 El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) ejerce potestad sancionadora ante el incumplimiento de las normas de accesibilidad para personas con discapacidad cuando el infractor sea una entidad pública. Asimismo, cuando exista incumplimiento respecto de las edificaciones privadas ubicadas en las jurisdicciones de las municipalidades donde se haya tipificado como infracción el incumplimiento de tales normas y las de adecuación urbanística y arquitectónica para personas con discapacidad, el Conadis es el órgano encargado de fiscalizar las normas establecidas y de informar oportunamente a la municipalidad correspondiente sobre la comisión de la infracción dentro de su jurisdicción.

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